Magazine digital diario de ferretería, material eléctrico, electrodomésticos y construcción Viernes, 21 de Noviembre de 2008
Infomagazine
ESTÁ EN PORTADA >> Construcción >> Reportajes técnicos >> Reportaje técnico
Ferretería   Material eléctrico   Electrodomésticos   Construcción

Búsqueda Avanzada

Búsqueda Avanzada

SECCIONES
Portada
Construcción
Noticias
Reportajes
Editorial
Producto Novedad
Reportaje Técnico
Importación/Exportación
Barómetro Sectorial



RSS
Rss Publica nuestras
noticias en tu web
o accede a ellas
desde tu escritorio
click aquí


reportaje_tecnico
Defectos debidos a humedades por capilaridad
31 de Octubre de 2005 | REED BUSINESS INFORMATION - REVISTA ARTE Y CEMENTO
FotoLa sentencia que se comenta trata de las cuantiosas humedades por capilaridad ascendente del suelo aparecidas en unas viviendas nuevas, pero construidas varios años atrás, y descubiertas después de haberse entregado a sus propietarios.


La sentencia del Tribunal Supremo de 19 de mayo de 2003 recoge un interesante tema, como es el de defectos de construcción que hacen inhabitable a un inmueble y que no son meras imperfecciones, como viene reiterando el propio Tribunal Supremo, por ejemplo, en la sentencia de 6 de abril de 1989.

¿Cuáles son los vicios o defectos de la construcción en el caso que comentamos? Se trata de cuantiosas humedades por capilaridad ascendente del suelo que habían aparecido en unas viviendas nuevas después de haberse vendido. Son vicios, pues, que se ponen de manifiesto con el transcurso del tiempo.

La sentencia de 19 de mayo de 2003 se enfrenta en primer lugar con la cuestión de si, en este caso, es aplicable el artículo 1.484 del Código Civil en lo referente a que el vendedor –promotor o contratista en su caso– deben responder de los defectos ocultos que tuviera el piso si éstos le hacen inapropiado para habitarlo.

El Supremo dice que el plazo que estima el artículo 1.490 del Código Civil es muy corto para que el comprador de un piso pueda denunciar los defectos de la construcción ya que tiene que hacerlo en el término de seis meses desde que se lo entregan. Es poco tiempo para detectar los vicios como las humedades que se originan por la capilaridad ascendente del suelo.

Como la Audiencia le dijo en su momento que la acción había prescrito, el propietario perjudicado interpuso un recurso contra la sentencial ante el Tribunal Supremo, pidiendo 48.081 euros (ocho millones de pesetas) por indemnización de los daños que se le habían causado.

La sentencia

El Supremo, en primer lugar, dice que sería enormemente injusto aplicar el artículo 1.484 del Código Civil a unos vicios que, se prueba, se ponen de relieve en el transcurso del tiempo, pero no dentro de ese reducido plazo de seis meses.

Sin embargo, al recurrente le indica que no tiene razón al argumentar que le entregaron cosa distinta de la vendida y, en consecuencia, hay un incumplimiento del contrato. puesto que se trata de una planta baja comprada en su momento y rehabilitada por los demandados.

El Supremo afirma que las humedades no se produjeron por esas obras de rehabilitación, sino que eran una consecuencia de la propia construcción del inmueble. A lo que no construyeron no se les puede imputar responsabilidad porque el agua entraba a través de la cimentación e invadió el suelo bajo la solera. Por lo tanto, concluye, los demandantes no tienen nada que ver con esas obras de construcción.

José Luis Fernández
Catedrático de Universidad y Periodista

 

Imprimir   Enviar noticia a un amigo


PRODUCTOS
Productos Sistema de tuberías en abs preaislado
Productos Downlight para baños y zonas de paso
Productos Aislante para cubiertas, paredes, suelos y techos
Productos Medidor de campo para señales de TV






    Índice de canales RSS   Publique nuestras noticias en su web | Acceda a nuestros contenidos desde su escritorio  

Contactar: Formulario de contacto | Envío de notas de prensa

La revista digital InfoMagazine es una iniciativa de TLR Soft, proveedor de servicios para el intercambio electrónico de información entre empresas.
Las principales editoriales de cada sector colaboran con InfoMagazine.


TLR Soft Tecnipublicaciones Electroimagen Arte y Cemento Emociona
TLR Soft, S.L. Tecnipublicaciones Electroimagen Arte y Cemento Emociona.

Copyright © 1999 - 2008 TLR Soft, S.L. N.I.F.: B-36342749
Pol. Ind. A Granxa Rúa D, 36400 Porriño (Pontevedra)
Tel:+34 902 121 074 Fax: +34 986 34 47 66
Inscrita en el Registro Mercantil de la provincia de Pontevedra, Tomo 2376, Folio 137


Aviso Legal | Política de privacidad