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editorial
A vueltas con la demora de los pagos
1 de Julio de 2006 | REED BUSINESS INFORMATION - REVISTA ARTE Y CEMENTO
Que nuestro sector sigue siendo la locomotora del país, parece que hoy por hoy –así como en los últimos años–, nadie lo pone en duda. Ahora bien, que la construcción sigue estando en el vagón de cola en cuanto a la celeridad de cumplir con los plazos de los pagos, es una realidad palpable.


Y no es por falta de legislación, ya que España cuenta con una Ley contra la morosidad y el diferimiento de pagos (Ley 3/2004 de 31 de diciembre), sino porque parece que es “políticamente incorrecto” arreglarlo. La Ley debería haber resuelto este problema, pero las cosas siguen igual o, incluso, peor. De acuerdo a datos ofrecidos por la Central de Balances del Banco de España, la industria de productos de construcción está cobrando a una media de 203 días. Pero eso no es todo. Las grandes constructoras pagan a sus proveedores en un plazo medio de 314 días, aunque, por su parte, cobran de sus clientes como media a los 169 días.

 

Todos somos conscientes de las dificultades existentes para aplicar esta Ley pero, de alguna manera y sin demorarlo mucho, habría que empezar a tomar cartas de una vez por todas en este asunto. Es decir, habría  que empezar por la deuda colosal que origina el Estado, para seguir por  las obras públicas contratadas de todas las Administraciones –ya sean central, autonómicas o locales–, quienes tendrían que irse haciendo a la idea de pagar a sus contratistas principales en los plazos legalmente previstos. Que por una razón u otra no pueden hacerlo, pues se negocia el pago de los intereses correspondientes y todos tan contentos. Por su parte, tampoco vendría mal que los contratistas principales hicieran el esfuerzo de comportarse de igual manera con sus subcontratistas y suministradores.

 

Todas las Administraciones Públicas deberían contemplar la Ley en los pliegos de las obras oficiales, tanto en lo que les toca directamente en el pago de obras contratadas, como en el hacer cumplir la normativa a los contratistas. En resumen, ¡que se cumpla la Ley!

 


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